En el día de ayer, 23 de septiembre de 2014, el Consejo de Administración de Codere decidió aceptar las condiciones que, tras más de un año de negociaciones, le fueron propuestas por una mayoría suficiente de sus acreedores. Este acuerdo tiene un formato de bloqueo temporal (lock up agreement) hasta que se implementen las diversas medidas que resolverán la situación de insolvencia en la que, desde la declaración de preconcurso, se encontraba la Compañía.
Ayer Codere publicó ante la CNMV un Hecho Relevante que describe los compromisos más significativos que se recogen en este acuerdo. El reportaje que acompaña Codere Actualidad titulado “El inicio de una nueva etapa” aporta contexto y explicaciones, para ayudar a comprender con mayor perspectiva, el farragoso texto repleto de terminología legal y financiera, que requiere nuestra condición de empresa cotizada.
Las razones que han determinado la postura de los consejeros de Codere, se resumen en los siguientes puntos:
- La propuesta permite la continuidad de las actividades empresariales en su totalidad.
- Se retrasa el vencimiento de la deuda, reduciendo su importe y sus costes a un nivel compatible con la actual marcha de los negocios.
- Se evitan las incertidumbres generales derivadas de la situación concursal, y en especial, se protege la continuidad y renovación del activo principal de la Compañía: las licencias de juego.
- Se asume el nuevo marco legal que aplica a las refinanciaciones de deuda en España.
El acuerdo firmado con los bonistas, nos embarca en una aventura que recupera la experiencia que vivimos con nuestros anteriores socios financieros. Consultores diagnosticando la idoneidad de la gestión, búsqueda de oportunidades de mejora, y sin ninguna duda, más presión para incrementar la eficiencia y los retornos financieros. La experiencia previa nos mostró como resultado final de ese proceso un incremento de las capacidades individuales y corporativas de la empresa y aunque los párrafos legales de los contratos de intermediación financiera, advierten cautelosamente que resultados pasados no garantizan retornos futuros, no cabe duda que son una referencia.
(24 septiembre 2014)